Carlos Cárdenas Robles, gerente del área laboral de Ernst & Young, explica que personal de dirección es el que, entre otros, ejerce la representación general del empleador o que lo sustituye, o que comparte con aquél funciones de administración y control; de otro lado entiende que el personal de confianza es, entre otros, aquél que labora en contacto personal y directo con el personal de dirección, con acceso a información de carácter reservado, como sucede normalmente, por ejemplo, con el contador general, el asesor legal interno, entre otros. Añadió que la normativa laboral vigente establece que los trabajadores de dirección y confianza tienen un tratamiento especial en aspectos referidos al periodo de prueba, jornada de trabajo, descanso vacacional, afiliación sindical y protección contra el despido arbitrario.